El monitorio es un procedimiento simplificado, rápido y eficaz establecido con el fin de obtener el título ejecutivo con efecto de cosa juzgada; tiene como característica, que le diferencia de los demás procedimientos, que el juez responde la pretensión del demandante sin necesidad de oír al deudor, quien tendrá la oportunidad para ejercer el derecho de defensa y contradicción en otro momento del proceso permitiendo que, dependiendo de la actitud del deudor intimado, pueda terminar con el pago como respuesta al requerimiento efectuado mediante un auto, con el título ejecutivo en caso de guardar silencio, mediante una sentencia o con un proceso declarativo en caso de oposición.